|
Cuando te tomas un medicamento con receta esa información queda entre tú, tu médico y tu farmacéutico. Nadie más tiene derecho a saberlo.
Bueno, quizá no sea así por mucho tiempo según marcan algunas tendencias.
Bajo una ley que se ha aprobado de forma callada en el senado de California (EEUU) el pasado día 29 de mayo las farmacias tendrían libertad para compartir los datos de las prescripciones médicas de los pacientes con empresas especializadas en el envío masivo de correo electrónico.

El razonamiento que subyace bajo esta capacidad de compartir datos es que ayudará a los consumidores ya que les proporcionará la forma de recibir correos recordándoles que deben tomar la medicación o renovar una receta.
La realidad, según dicen sus críticos, es que esto es un movimiento por parte de las empresas farmaceúticas para asegurarse de que los pacientes consumen los medicamentos más caros de marca y no con los genéricos, mucho más baratos. Por supuesto también conducirá a violaciones de la privacidad.
"Tu información médica privada se transferirá de una base de datos a otra" dice Jerry Flanagan de la asociación de Santa Mónica Consumer Watchdog. "Una vez que el genio sale de la botella es muy difícil conseguir que vuelva a entrar". También han lanzado una campaña específica para luchar contra esta normativa.
El creador de la norma dice que ésta ha sido malinterpretada por la gente, en especial por los periodistas que no han sabido digerir algunos puntos. Al contrario de lo que dicen algunos informes, dice, no permitirá a las empresas de medicamentos enviar publicidad de las medicinas en un intento de conseguir que se cambien de una marca a otra.
¡Que fuerrrte! :-(
Lee la historia completa de una trama que involucra a políticos, fabricantes de medicamentos, mucho dinero y privacidad de datos en el blog Consumer Confidential de David Lazarus (Los Angeles Times).
Y tú, ¿qué opinas?
Un truco rápido y útil: Hay mucha gente que utiliza programas normales de correo (como Outlook) para enviar correos masivos, lo cual es un error no ya por lo complicado de gestionar y hacer seguimiento a los envíos, si no por el peligro de no utilizar los campos adecuados para el envío.
Cuando redactamos un e-mail en cualquier programa, podemos especificar los destinatarios en cualquiera de los siguientes campos:
• Para: Aquí va el destinatario del e-mail • CC: (Copia de Carbón) Las direcciones añadidas aquí recibirán también una copia del e-mail. • CCO: ( Copia Carbón Oculta) Las direcciones añadidas aquí recibirán también una copia del e-mail con la diferencia que no podrán saber a quién más ha sido enviado el e-mail. Es como si fuesen los únicos destinatarios.
Por lo tanto, para envíos a varios destinatarios lo mejor es usar sólo el campo CCO, ya que así ningún destinatario podrá ver la dirección de los otros, algo que si ocurriría si usas cualquiera de los otros dos campos. Lo peor ya no es que quede mal que se vea toda la lista de correos, sino que dependiendo de los casos, podrías estar cometiendo una falta contra la ley de protección de datos (L.O.P.D.)
En Outlook 2007 haz click en ‘Para:’ o ‘CC:’ para repartir las direcciones entre los tres campos (a tu elección):

Para activar y tener visible directamente el campo ‘CCO’ en Outlook 2007 haz click en ‘Opciones’->’Mostrar CCO’:

De todas formas, lo mejor para correos masivos es un programa especializado (como MAILCast) que te ayude a gestionar ,y proteger ;-), las direcciones del envío; por no hablar de la ayuda que supone para maquetar y enviar grandes volúmenes sin saturar tu servidor.
¿Hasta dónde puede vigilar una empresa a sus empleados?. Quién decide sobre lo que se puede ver en Internet y lo que no. El Supremo asegura que las empresas no pueden prohibir totalmente el uso de Internet. Pero ¿quién pone los límites?. "Los mecanismos de control pueden ser excesivos e invadir ciertas áreas de privacidad. Está bien que haya cierta vigilancia, pero se corre el riesgo de que el empresario tenga demasiado poder. Quién supervisa al controlador?", dice Miquel Lóriz, de Comisiones Obreras.
Un elemento queda fuera de ese Gran Hermano. La empresa no puede leer sus ficheros personales ni sus correos electrónicos. La sentencia del Tribunal Supremo, del 26 de septiembre, dictamina que el contenido del correo electrónico está protegido -al igual que las cartas y las llamadas telefónicas- por la garantía constitucional del secreto de las comunicaciones.
El caso de Juan A. P. C., ha sentado el precedente. Juan trabajaba como directivo en una compañía gallega. Un día su empresa llamó a un técnico para que reparase ciertos fallos en su ordenador. Al hacerlo, se comprobó que el sistema se había infectado de virus informáticos "como consecuencia de la navegación por páginas poco seguras de Internet". Se siguió revisando el ordenador y se descubrió "antiguos accesos a páginas pornográficas". La compañía decidió guardar esos archivos, imprimir las páginas y entregar todo a un notario. Mientras, el empleado desconocía lo que se estaba haciendo con su ordenador. Poco después fue despedido.
El Supremo ha ordenado su readmisión porque en la empresa no había una norma que limitara el uso del ordenador. Hasta esta sentencia, el terminal se consideraba un efecto personal del empleado, y se equiparaba a su taquilla. "Los objetos personales de los empleados no pueden ser registrados por la empresa -como dice el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores- a no ser que haya una sospecha de que se esté cometiendo un acto ilícito", explica Íñigo Sagardoy, director de Sagardoy Abogados. Además, ese registro se tiene que hacer con unas garantías: debe hacerse en presencia de un delegado de los trabajadores, durante la jornada laboral y delante del empleado.
Ahora el Supremo dictamina, por primera vez, que el ordenador es un medio que el empresario facilita al empleado para que ejerza sus funciones. "Se dice que es perfectamente lícito que la empresa investigue y controle el uso que haga de él el empleado, y eso incluye la utilización de Internet", dice Sagardoy, quien recalca que la sentencia unifica, por fin, la doctrina sobre el tema.
Pero el Supremo añade un matiz que abre el debate. La empresa debe establecer previamente las reglas de uso de esos medios tecnológicos -"con aplicación de prohibiciones absolutas o parciales"- e informar a los trabajadores de que va a existir control y cómo va a hacerse. Mecanismos que deben ser compatibles con el respeto a la dignidad del empleado. "Es razonable tener un cierto uso personal de los ordenadores. Pero una cosa es conectarte un rato y otra es estar enganchado toda la jornada. Ahí está el límite", piensa Silvia Bauzá, del despacho de abogados Gómez Acebo & Pombo.
Para Sagardoy, el Supremo "flexibiliza" con esta medida el poder del empresario. Los sindicatos también son conscientes de este nuevo poder. "Estamos a favor de que se establezcan códigos éticos que prohíban visitar sitios con contenidos xenófobos o pornográficos. Pero debe hacerse negociando con el trabajador para que no quede desprotegido", dicen en CC OO.
Parece que es una práctica habitual entre los techies "guays" de EEUU el poner en Internet, públicamente, las direcciones de correo electrónico de todo aquel que le escriba cosas que no le interesan, no le gustan o le molestan.
El último en hacerlo ha sido Chris Anderson, editor en jefe de la mítica revista Wired, siguiendo la pista de otros como Mark Frauenfelder de Boing Boing.
Dice estar harto de recibir e-mail de gente que no saben a quien le están escribiendo. recibe del orden de 300 correos diarios que no son spam y dice en su blog:
"Lazy flacks send press releases to the Editor in Chief of Wired because they can't be bothered to find out who on my staff, if anyone, might actually be interested in what they're pitching. Fact: I am an actual person, not a team assigned to read press releases and distribute them to the right editors and writers."
Puedo comprender su frustación, pero de ahí a publicar todos esos correos en Internet a merced de los recolectores de direcciones para spam, me parece muy injusto. Y de hecho em españa eso es ilegal. ¡Vamos hombre!, mételos en la lista negra y punto, peo no publiques los correos por ahí :-(
Aquí, la LOPD le imondría una multa de hasta 30.000 euros por cada denuncia que tuviera de sa gente. seguro que se lo pensaba dos veces antes de publicarlos :-)
De acuerdo con la legislación imperante y la preocupación actual por el Spam, MAILCast promueve el uso del “Doble opt-in” entre sus clientes.
Esta técnica se refiere a que una vez que tu subscriptor introduce su dirección de email para recibir tu boletín, MAILCast le envia automáticamente un correo para confirmar que su dirección es correcta y que además, es él mismo, y nadie más, el que está interesado en tus comunicaciones.
Otra ventaja es el evitar que se introduzcan en tu base de datos direcciones de email inválidas, ya que éstas no podrán ser confirmadas. Una buena práctica es que una vez que tus subscriptores confirmen su correo electrónico sean dirigidos a una página de agradecimiento por su subscripción y aconsejarles que añadan tu dirección de envío de boletines a su agenda de direcciones, ya que de esta forma te aseguras de que tus correos no acaben en la bandeja de ‘Correo no deseado’.
Así que el doble opt-in es bueno, pero que pasa con el doble opt-out? Brrr,es una pesadilla…. Facilita a tus subscriptores el proceso de darse de baja, no lo dificultes más. No hay nada más frustrante que intentar cancelar una subscripción o borrarse de una lista de distribución y no poder conseguirlo. Cuanto más esfuerzo me cuesta, peor impresión tengo de la empresa. Y piensa que el marketing por email se basa en crear una relación de confianza con tus subscriptores….antes puede ser que no lo supieses, pero ahora puedes decidir....y por favor, decide bien.
Por supuesto MAILcast te permitirá escoger la combinación de métodos y mensajes de alta y baja que prefieras.

Resulta fundamental conocer la legislación aplicable al ámbito de la comunicaciones electrónicas para poder desarrollar una actividad profesional de las mismas. La Ley Oficial de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) es una de las principales normativas que regulan este tipo de información.
La LOPD, vigente desde el 13 de diciembre de 1999, "tiene por objeto garantizar y proteger en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar". (Título I, Art.1).
Se aplica a empresarios, profesionales y entidades que traten datos de carácter personal: datos de personas físicas identificadas o identificables, registrados en cualquier tipo de soporte que permita su tratamiento. Afecta también a cualquier uso posterior de los datos de carácter público.
Señala también el derecho de los ciudadanos a conocer la finalidad de los ficheros en los que aparecen sus datos y a:
-Tener información previa sobre la existencia de los ficheros, su finalidad, sus destinatarios, su posible obligatoriedad, las consecuencias de suministrar o no los datos y la identidad del responsable (o, en su caso, del representante). -Ser informados de forma “expresa, precisa e inequívoca” cuando los datos no hayan sido recabados del interesado. -Oponerse al tratamiento de sus datos personales. -Acceder al conocimiento de sus datos incluidos en el fichero. -Rectificar los datos erróneos y/o obsoletos. -Cancelar sus datos en el fichero, si decide no seguir en él. -Señala también que los datos de carácter personal recogidos y sometidos a tratamiento deberán ser adecuados, pertinentes y no excesivos; veraces (exactos y actualizados); recogidos por medios lícitos; accesibles, y utilizados para finalidades legitimas, determinadas y explícitas.
El usuario del entorno on-line conoce cada vez más sus derechos en el mundo digital. Como profesional, no debes olvidarte de esto, cumpliendo con la legislación vigente al respecto y asegurando a los clientes que pueden confiar en tí. No les defraudes con comunicaciones no deseadas y numerosas.
Hoy acabamos de recibir un sorprendente correo electrónico de register.com, el gigante y famoso registrador de dominios de Internet. en él nos decían "Protege tu dominio del spam". Al leer esto lo primero que piensas es que te van a ofrecer un nuevo servicio anti-spam para tu correo o algo por el estilo. la sorpresa es cuando lo abro y veo que lo único que ofrecen es quitar tus datos de la información que ofrecen a través del whois de forma automática (imagino que lo protegerán con una especia de CAPTCHA para que de entrada no se puedan cosechar automáticamente).
Échale un vistazo a los contenidos del e-mail (hemos quitado los nombres de las personas para proteger su privacidad. ¡toma nota Register! ;-)):
 Haga click para aumentar
En mi opinión su obligación es la de mantener los datos de sus clientes lo más seguros que puedan. Eso debería ser obligatorio para ellos y no una opción (pagada) para ti. A mi entender este coreo muestra un modo muy irresponsable de hacer negocio por su parte, y ayuda a la proliferación del spam.
Por otro lado además les llaman "marketers" a lo que no es nada más que un simple "spammer" (mira el recuadro resaltado en rojo abajo), lo que no sólo es una vergüenza sino un insulto a los que nos dedicamos a esto.
¡Deberíais avergonzaros de este modo de ganar pasta Register! :-(
|
|
|